A partir
del 2013 se ha implementado la versión 3.0 del SEACE, por lo que sólo las
entidades incluidas en los listados publicados por el OSCE en el portal del
SEACE tendrá la obligación de registrar la información en dicha versión, en
tanto que las demás entidades continúan registrado la información de los
procesos en la versión 2.0 del SEACE.
Están
obligadas a registrar información en la versión 3.0 las entidades incluidas en
los listados publicados por el OSCE en el portal del SEACE, conforme al numeral
2 de las Disposiciones Transitorias de la Directiva N° 007-2012-OSCE/CD.
La
información de los procesos de selección cuya convocatoria se efectuó con
anterioridad a la mencionada inclusión continuarán siendo registrada en el
SEACE v 2.0 hasta la culminación de los mismos.
Cabe
señalar que actualmente, la versión 3.0 del SEACE sólo está habilitado para el
registro de los actos preparatorio y procesos de selección, en tanto que el
registro del Plan Anual de Contrataciones y Contratos se mantiene en todos los
casos en la versión 2.0 del SEACE.
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